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Convenio de Transporte de mercancías por carretera de Córdoba

Vigente40 h/semana · art. 221 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2027
Convenio en vigor hasta el 31 de diciembre de 2027. Convenio recién renovado, para 2026-2027, y sin cifra anual. Texto literal del art. 22: «La jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo, de promedio en cómputo anual», con un máximo de diez horas diarias salvo acuerdo con la representación. Conecta de forma directa el tacógrafo con el cómputo de la jornada. El descanso de quince minutos en jornada continuada de más de seis horas es tiempo efectivo, y para quien conduce ese descanso «es el correspondiente a las paradas técnicas que coinciden con el periodo de descanso en la conducción que aparecen reflejados en el tacógrafo». La pausa legal y la parada de conducción son la misma, y el tacógrafo la prueba. El convenio obliga además a quien conduce a «utilizar adecuadamente el selector de actividad del aparato de control», que es lo que distingue en el tacógrafo conducir, trabajar, estar disponible o descansar. Donde la actividad se pueda programar, «deberá figurar en el cuadro de servicio la hora de inicio y/o finalización». Quien trabaja en cámaras frigoríficas puede estar dentro como mucho cincuenta minutos seguidos y sale diez al exterior. Los días 24 y 31 de diciembre no son laborables salvo en las agencias de paquetería, donde la jornada no pasa de cuatro horas ni de las doce del mediodía y cada media jornada trabajada se compensa con un día completo de descanso. Y la semana de feria reduce doce horas, que cuentan como trabajo efectivo. El convenio va de 2026 a 2027, «prorrogándose tácitamente de año en año, de no mediar denuncia de ninguna de las partes». No tiene una cláusula propia sobre el registro de jornada, así que para fichar se está al art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Por encima de todos los convenios provinciales del sector está el II Acuerdo General para las empresas de transporte de mercancías por carretera, de ámbito estatal, que no fija una cifra anual: la jornada la pacta cada provincia. Para el personal que conduce mandan además el Reglamento (CE) 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso y el Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales, y el tacógrafo, que no sustituye al registro de jornada: lo complementa.
Artículo que la fijaart. 22
Jornada semanal40 h
Código de convenio14000385011981
El texto del convenioLeer el texto completo →

BOP de Córdoba núm. 25, de 06/02/2026, para 2026-2027. Código de convenio 14000385011981. Las tablas salariales van en esa misma publicación y en sus revisiones posteriores: aquí no las copiamos porque cambian cada año.

Qué actividades cubre

Transporte de mercancías, paquetería y reparto de última milla. En Córdoba se aplica el convenio provincial del sector, que concreta lo que el marco estatal deja abierto: jornada, calendario y tablas salariales.

Con qué otros nombres aparece

El convenio de transporte de mercancías por carretera de Córdoba se cita también como transporte de mercancías por carretera, logística y paquetería, transporte de viajeros por carretera o camioneros, según quién lo nombre: el registro del Ministerio usa la denominación oficial del texto firmado, el boletín la del acuerdo y las empresas la del día a día. Si das con un código de convenio que empieza por 14, que es el de Córdoba, es este mismo.

Denominación oficial y dónde consultarlo

Convenio colectivo para empresas de transporte de mercancías por carretera de la provincia de Córdoba

BOP de Córdoba núm. 25, de 06/02/2026, para 2026-2027 · boletín oficial · comprobado el 11 de septiembre de 2026

Mínimos del Estatuto que el convenio no puede empeorar

Y el registro de jornada

Desde 2019, el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años. El convenio dice cuántas horas hay que trabajar; el registro acredita las que se han trabajado de verdad.

Tablas salariales y texto en PDF

Aquí no publicamos tablas salariales, y es una decisión deliberada: se revisan cada año, a veces con efectos retroactivos, y una cifra desactualizada en una nómina cuesta dinero y disgustos. Lo que sí te decimos es exactamente dónde están las buenas.

El texto íntegro del convenio de transporte de mercancías por carretera de Córdoba, con sus tablas y sus anexos, se publica en el boletín de la provincia. Su código de convenio es 14000385011981, y con él se localiza en REGCON. Busca por sector y provincia y descarga el PDF de la resolución: ese documento es el único que vale ante una inspección o ante una reclamación de cantidad.

Dos avisos que ahorran errores:

El registro de jornada es otra cosa distinta del salario: acredita las horas realmente trabajadas. Es lo que convierte una tabla salarial en una nómina defendible.

Calendario laboral 2026 de Córdoba

El calendario reparte la jornada anual pactada entre los días laborables que quedan tras descontar festivos, vacaciones y descansos semanales, así que cambia cada año aunque el convenio siga siendo el mismo.

Los festivos de 2026 de Córdoba salen del calendario estatal y del autonómico, y los dos locales los publica el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP). El calendario de la empresa lo elabora cada empresa a partir de ahí y de su jornada anual, y debe exponerlo en un sitio visible del centro de trabajo art. 34.6. Cómo cuadra el calendario con el registro de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Qué código tiene el convenio de transporte de mercancías por carretera de Córdoba?

El código de convenio es 14000385011981. Los dos primeros dígitos, 14, son el código de provincia de Córdoba.

¿Hasta cuándo está vigente?

Hasta el 31 de diciembre de 2027. Conviene comprobar en el boletín si ha habido revisión posterior de tablas.

¿Dónde se publica el convenio de Córdoba?

El texto que hemos comprobado es este: BOP de Córdoba núm. 25, de 06/02/2026, para 2026-2027. Como regla, los convenios provinciales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP) y los de ámbito autonómico en el diario oficial de la comunidad. Las tablas salariales solo son fiables leídas de ahí, porque cambian con cada revisión.

¿Dónde se publica el calendario laboral 2026 de transporte de mercancías por carretera en Córdoba?

Depende de qué calendario. Los festivos los fijan el Estado y la comunidad autónoma, y los dos locales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP). El calendario de la empresa no se publica en ningún boletín: lo elabora la empresa y está obligada a exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo (art. 34.6 del Estatuto).

¿Cuántos festivos tiene 2026 en Córdoba?

Como máximo catorce, retribuidos y no recuperables (art. 37.2 del Estatuto). Dos son locales y los fija el ayuntamiento; el resto salen del calendario estatal y del de la comunidad autónoma. Los que caen en domingo se trasladan al lunes o los sustituye la comunidad.

¿Hay que registrar la jornada en este sector?

Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga desde 2019 a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años, con independencia del convenio y del tamaño de la empresa. Lo tienes desarrollado en la guía del registro de jornada.

Quien conduce no pasa por la oficina a fichar.

Se ficha desde la cabina, con la ubicación de la salida y de la llegada, y el registro de jornada convive con el tacógrafo sin repetir trabajo. Te enseñamos cómo queda para transporte de mercancías por carretera en Córdoba.

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