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Convenio de Hostelería de Córdoba

Vigente40 h/semana · art. 221 de enero de 2024 – 31 de diciembre de 2026
Convenio en vigor hasta el 31 de diciembre de 2026. El convenio no da cifra anual de jornada, así que no damos horas al año. Texto literal del art. 22: «La jornada de trabajo se establece en 40 horas semanales». Entre una jornada y la siguiente median doce horas, «computándose a todos los efectos las trabajadas en jornada normal, extraordinaria, irregulares o complementarias», y la jornada solo se puede partir una vez, con dos horas de interrupción como mínimo. El calendario anual va expuesto en el tablón con el horario diario, las vacaciones, las entradas y salidas y los descansos. El art. 23 permite flexibilizar la jornada ocho semanas al año —un máximo de 30 días de trabajo efectivo, diez horas diarias y cincuenta semanales— con preaviso escrito de seis días a la persona y a su representación, «haciendo constar en el mismo preaviso la fecha en que se recuperara el exceso de jornada». Solo se aplica al personal a tiempo completo, y el exceso se compensa en tres meses. El descanso semanal es rotativo y el de sábado y domingo se garantiza «al menos una vez cada cuatro semanas», salvo en las empresas que cierran dos días. La cifra de 1.800 horas aparece en el art. 52, para calcular el valor de la hora extraordinaria, que distingue «1.800 horas de trabajo para los/as trabajadores/as que descansen 31 días y 1.752 horas para los trabajadores/as que descansen 51 días». El convenio va de 2024 a 2026 y el art. 5 dice que, denunciado, «permanecerá vigente el presente, tanto en sus cláusulas normativas como en las obligacionales hasta tanto se acuerde un nuevo convenio colectivo». No tiene una cláusula propia sobre el registro de jornada, así que para fichar se está al art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. El régimen disciplinario del sector lo fija el Acuerdo Laboral estatal de hostelería (ALEH VI), que incluye el «régimen disciplinario laboral» entre las materias reservadas al ámbito estatal. Su modificación publicada en el BOE de 4 de septiembre de 2026 lleva el fichaje a las faltas: es leve «Dos incumplimientos o mala praxis en la utilización de los sistemas de control y registro de jornada implantados en la empresa», grave «De tres a cuatro» y muy grave «Cinco o más».
Artículo que la fijaart. 22
Jornada semanal40 h
Código de convenio14000355011982
El texto del convenioLeer el texto completo →

Resolución de 4 de octubre de 2024 de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, BOP de Córdoba núm. 192, de 04/10/2024, para 2024-2026. Código de convenio 14000355011982. Las tablas salariales van en esa misma publicación y en sus revisiones posteriores: aquí no las copiamos porque cambian cada año.

Qué actividades cubre

Bares, restaurantes, hoteles, catering y ocio nocturno. En Córdoba se aplica el convenio provincial del sector, que concreta lo que el marco estatal deja abierto: jornada, calendario y tablas salariales.

Con qué otros nombres aparece

El convenio de hostelería de Córdoba se cita también como hospedaje, bares y restaurantes, hoteles o camareros y cocina, según quién lo nombre: el registro del Ministerio usa la denominación oficial del texto firmado, el boletín la del acuerdo y las empresas la del día a día. Si das con un código de convenio que empieza por 14, que es el de Córdoba, es este mismo.

Denominación oficial y dónde consultarlo

Convenio colectivo para el sector de hostelería de la provincia de Córdoba

Resolución de 4 de octubre de 2024 de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, BOP de Córdoba núm. 192, de 04/10/2024, para 2024-2026 · boletín oficial · comprobado el 11 de septiembre de 2026

Mínimos del Estatuto que el convenio no puede empeorar

Y el registro de jornada

Desde 2019, el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años. El convenio dice cuántas horas hay que trabajar; el registro acredita las que se han trabajado de verdad.

Tablas salariales y texto en PDF

Aquí no publicamos tablas salariales, y es una decisión deliberada: se revisan cada año, a veces con efectos retroactivos, y una cifra desactualizada en una nómina cuesta dinero y disgustos. Lo que sí te decimos es exactamente dónde están las buenas.

El texto íntegro del convenio de hostelería de Córdoba, con sus tablas y sus anexos, se publica en el boletín de la provincia. Su código de convenio es 14000355011982, y con él se localiza en REGCON. Busca por sector y provincia y descarga el PDF de la resolución: ese documento es el único que vale ante una inspección o ante una reclamación de cantidad.

Dos avisos que ahorran errores:

El registro de jornada es otra cosa distinta del salario: acredita las horas realmente trabajadas. Es lo que convierte una tabla salarial en una nómina defendible.

Calendario laboral 2026 de Córdoba

El calendario reparte la jornada anual pactada entre los días laborables que quedan tras descontar festivos, vacaciones y descansos semanales, así que cambia cada año aunque el convenio siga siendo el mismo.

Los festivos de 2026 de Córdoba salen del calendario estatal y del autonómico, y los dos locales los publica el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP). El calendario de la empresa lo elabora cada empresa a partir de ahí y de su jornada anual, y debe exponerlo en un sitio visible del centro de trabajo art. 34.6. Cómo cuadra el calendario con el registro de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Qué código tiene el convenio de hostelería de Córdoba?

El código de convenio es 14000355011982. Los dos primeros dígitos, 14, son el código de provincia de Córdoba.

¿Hasta cuándo está vigente?

Hasta el 31 de diciembre de 2026. Conviene comprobar en el boletín si ha habido revisión posterior de tablas.

¿Dónde se publica el convenio de Córdoba?

El texto que hemos comprobado es este: Resolución de 4 de octubre de 2024 de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, BOP de Córdoba núm. 192, de 04/10/2024, para 2024-2026. Como regla, los convenios provinciales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP) y los de ámbito autonómico en el diario oficial de la comunidad. Las tablas salariales solo son fiables leídas de ahí, porque cambian con cada revisión.

¿Dónde se publica el calendario laboral 2026 de hostelería en Córdoba?

Depende de qué calendario. Los festivos los fijan el Estado y la comunidad autónoma, y los dos locales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP). El calendario de la empresa no se publica en ningún boletín: lo elabora la empresa y está obligada a exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo (art. 34.6 del Estatuto).

¿Cuántos festivos tiene 2026 en Córdoba?

Como máximo catorce, retribuidos y no recuperables (art. 37.2 del Estatuto). Dos son locales y los fija el ayuntamiento; el resto salen del calendario estatal y del de la comunidad autónoma. Los que caen en domingo se trasladan al lunes o los sustituye la comunidad.

¿Hay que registrar la jornada en este sector?

Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga desde 2019 a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años, con independencia del convenio y del tamaño de la empresa. Lo tienes desarrollado en la guía del registro de jornada.

El turno partido es lo que rompe cualquier hoja de cálculo.

Entrada, corte, vuelta y cierre quedan registrados desde el móvil, y las horas del cómputo anual se ven sin sumarlas a mano a fin de mes. Te enseñamos cómo queda para hostelería en Córdoba.

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El convenio de hostelería en las provincias vecinas

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