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Convenio de Comercio de Córdoba

Vigente1.784 h/año · art. 9 y art. 191 de enero de 2025 – 31 de diciembre de 2028
Convenio en vigor hasta el 31 de diciembre de 2028. El convenio que rige desde 2025 hace algo que el anterior no hacía: poner cifra anual. No está en el artículo de jornada, que sigue limitándose a decir que «La jornada laboral será de 40 horas semanales a realizar de lunes a sábados», sino en el art. 19: al calcular el valor de la hora ordinaria, el convenio divide el salario anual por lo que él mismo llama «Jornada Anual (1.784 horas)». Es la cifra que el propio texto usa para pagar, así que es la que damos, pero conviene saber de dónde sale, porque quien busque las 1.784 horas en el artículo de jornada no las va a encontrar. La vigencia va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, y la ultraactividad está pactada sin tope: «Caso de producirse su denuncia, las partes acuerdan que el convenio siga íntegramente en vigor hasta la firma del siguiente», y si nadie lo denuncia «el presente Convenio se prorrogará de año en año». Sigue siendo el convenio de comercio que más atención presta al calendario de su ciudad, y eso lo hace útil. El 24 y el 31 de diciembre la jornada es de cuatro horas en turno de mañana, y esas horas «serán compensadas con la prolongación de la jornada de trabajo, en una hora durante dos días que fijará la Comisión Paritaria del Convenio, excepto en el sector de la alimentación»; si caen en sábado o domingo aperturable y la jornada habitual no incluía el sábado por la tarde, se concede un día más de vacaciones. En Semana Santa son laborables lunes, martes y miércoles, y festivos jueves, viernes y Sábado Santo, con apertura voluntaria de cuatro horas la mañana del sábado que la persona trabajadora decide cuándo recupera. Y durante la semana completa de la Feria de Mayo «se hará jornada laboral matinal de 4 horas de lunes a viernes y de 3 horas en jornada matinal el sábado», con la alternativa de hacer siete horas lunes y martes a cambio de tres miércoles, jueves y viernes y ninguna el sábado. Si la feria se queda corta para disfrutar esas tardes, se compensan a hora y media por cada hora trabajada. Dos reglas más que conviene tener localizadas. El tiempo de trabajo «se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su centro de trabajo»: el reloj no arranca al cruzar la puerta de la calle. Y quien trabaja los sábados por la tarde descansa dos días, incluido el domingo, continuados o rotativos o acumulando las horas de más a días de vacaciones, «sin que dicho descanso en ningún caso pueda suponer ni disminución ni aumento de la jornada pactada». El convenio no regula el registro de la jornada, pero sí el de las horas extraordinarias, que «se registrará día a día y se totalizarán semanalmente, entregando copia del resumen semanal al trabajador en el parte correspondiente». Y desde 2025 nombra los días que en el comercio las generan: las horas del Black Friday, el CiberMonday, la Shopping Night, las ferias o las rebajas que se trabajen fuera del horario habitual de apertura «serán voluntarias y tendrán la consideración de horas extras».
Jornada anual1.784 h
Artículo que la fijaart. 9 y art. 19
Jornada semanal40 h
Código de convenio14000025011981
El texto del convenioDescargar el PDF →

Resolución de 4 de julio de 2025 de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, BOP de Córdoba núm. 135, pág. 10460, de 15/07/2025; texto aprobado el 2 de julio de 2025. Código de convenio 14000025011981. Las tablas salariales van en esa misma publicación y en sus revisiones posteriores: aquí no las copiamos porque cambian cada año.

Reparte las 1.784 horas en tu calendario

El convenio fija el total del año y nada más. Lo que sale por día y por semana depende de los festivos y de las vacaciones que te toquen, así que cámbialos y mira cómo queda.

Días trabajados224
Horas al día8,0 h
Horas a la semana39,8 h

Sale de los datos que pongas aquí, no del convenio: el texto solo pacta las 1.784 horas anuales.

Qué actividades cubre

Tiendas, alimentación, textil, mueble y comercio vario. En Córdoba se aplica el convenio provincial del sector, que concreta lo que el marco estatal deja abierto: jornada, calendario y tablas salariales.

Con qué otros nombres aparece

El convenio de comercio de Córdoba se cita también como comercio vario, comercio general, alimentación o textil, según quién lo nombre: el registro del Ministerio usa la denominación oficial del texto firmado, el boletín la del acuerdo y las empresas la del día a día. Si das con un código de convenio que empieza por 14, que es el de Córdoba, es este mismo.

Denominación oficial y dónde consultarlo

Convenio colectivo provincial de comercio de Córdoba

Resolución de 4 de julio de 2025 de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, BOP de Córdoba núm. 135, pág. 10460, de 15/07/2025; texto aprobado el 2 de julio de 2025 · boletín oficial · comprobado el 12 de septiembre de 2026

Mínimos del Estatuto que el convenio no puede empeorar

Y el registro de jornada

Desde 2019, el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años. El convenio dice cuántas horas hay que trabajar; el registro acredita las que se han trabajado de verdad.

Tablas salariales y texto en PDF

Aquí no publicamos tablas salariales, y es una decisión deliberada: se revisan cada año, a veces con efectos retroactivos, y una cifra desactualizada en una nómina cuesta dinero y disgustos. Lo que sí te decimos es exactamente dónde están las buenas.

El texto íntegro del convenio de comercio de Córdoba, con sus tablas y sus anexos, se publica en el boletín de la provincia. Su código de convenio es 14000025011981, y con él se localiza en REGCON. Busca por sector y provincia y descarga el PDF de la resolución: ese documento es el único que vale ante una inspección o ante una reclamación de cantidad.

Dos avisos que ahorran errores:

El registro de jornada es otra cosa distinta del salario: acredita las horas realmente trabajadas. Es lo que convierte una tabla salarial en una nómina defendible.

Calendario laboral 2026 de Córdoba

Con 1.784 horas anuales, el calendario reparte esas horas entre los días laborables que quedan tras descontar festivos, vacaciones y descansos semanales. Por eso dos años con el mismo convenio no tienen el mismo calendario: cambian los festivos que caen en sábado o domingo.

Los festivos de 2026 de Córdoba salen del calendario estatal y del autonómico, y los dos locales los publica el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP). El calendario de la empresa lo elabora cada empresa a partir de ahí y de su jornada anual, y debe exponerlo en un sitio visible del centro de trabajo art. 34.6. Cómo cuadra el calendario con el registro de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas al año fija el convenio de comercio de Córdoba?

1.784 horas anuales, según el art. 9 y art. 19. Está comprobado contra el Resolución de 4 de julio de 2025 de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, BOP de Córdoba núm. 135, pág. 10460, de 15/07/2025; texto aprobado el 2 de julio de 2025.

¿Qué código tiene el convenio de comercio de Córdoba?

El código de convenio es 14000025011981. Los dos primeros dígitos, 14, son el código de provincia de Córdoba.

¿Hasta cuándo está vigente?

Hasta el 31 de diciembre de 2028. Conviene comprobar en el boletín si ha habido revisión posterior de tablas.

¿Dónde se publica el convenio de Córdoba?

El texto que hemos comprobado es este: Resolución de 4 de julio de 2025 de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, BOP de Córdoba núm. 135, pág. 10460, de 15/07/2025; texto aprobado el 2 de julio de 2025. Como regla, los convenios provinciales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP) y los de ámbito autonómico en el diario oficial de la comunidad. Las tablas salariales solo son fiables leídas de ahí, porque cambian con cada revisión.

¿Dónde se publica el calendario laboral 2026 de comercio en Córdoba?

Depende de qué calendario. Los festivos los fijan el Estado y la comunidad autónoma, y los dos locales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOP). El calendario de la empresa no se publica en ningún boletín: lo elabora la empresa y está obligada a exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo (art. 34.6 del Estatuto).

¿Cuántos festivos tiene 2026 en Córdoba?

Como máximo catorce, retribuidos y no recuperables (art. 37.2 del Estatuto). Dos son locales y los fija el ayuntamiento; el resto salen del calendario estatal y del de la comunidad autónoma. Los que caen en domingo se trasladan al lunes o los sustituye la comunidad.

¿Hay que registrar la jornada en este sector?

Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga desde 2019 a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años, con independencia del convenio y del tamaño de la empresa. Lo tienes desarrollado en la guía del registro de jornada.

Refuerzos de campaña, domingos de apertura y cambios de turno.

Cada apertura queda registrada con su hora, así que compensarla en descanso o en dinero deja de depender de la memoria de nadie. Te enseñamos cómo queda para comercio en Córdoba.

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El convenio de comercio en las provincias vecinas

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