HoraCierta

Derecho a saber qué algoritmo reparte turnos

Normativa 9 de septiembre de 2026

Dentro del real decreto de condiciones de trabajo transparentes que el Consejo de Ministros aprobó el martes 8 de septiembre hay un punto que pasa desapercibido al lado del papeleo del contrato: la norma reconoce a cada persona trabajadora, de forma individual, el derecho a conocer los sistemas algorítmicos que se usen para determinar cualquier condición de trabajo o para extinguir su contrato.

«Cualquier condición de trabajo» incluye el turno. Si un programa decide quién entra el sábado, cuántas horas se asignan a cada persona en la semana o a quién se le recorta el cuadrante cuando baja la afluencia, ese programa entra en el ámbito del derecho. Como el resto del real decreto, todavía no está publicado en el BOE y no será exigible hasta que lo esté.

Por qué importa

No es la primera vez que la ley entra en los algoritmos del trabajo. Desde la Ley 12/2021, la conocida como ley rider, el artículo 64.4.d) del Estatuto de los Trabajadores obliga a informar a la representación legal de la plantilla de los parámetros y reglas en que se basan los algoritmos que afectan a las condiciones de trabajo. Lo nuevo aquí es que el derecho se reconoce a cada persona por separado, y en una pyme sin comité de empresa esa diferencia lo es todo: hasta ahora, sin representación legal no había a quién informar.

Para una empresa que reparte turnos con software —cadenas de tiendas, reparto, hostelería organizada por picos, contratas de limpieza con rotaciones— la pregunta práctica no es si el sistema es legal, sino si se puede explicar. Conviene tener escrito, antes de que alguien lo pida, qué datos entran en el reparto (antigüedad, disponibilidad declarada, previsión de ventas, distancia) y con qué criterio se ordenan. Un cuadrante que nadie sabe justificar es un problema con o sin norma nueva; con la norma, además, es un problema que se puede reclamar por escrito.

Fuente: La Moncloa · Referencia del Consejo de Ministros del 8 de septiembre de 2026. Resumimos con nuestras palabras y enlazamos al original; si algo no cuadra, manda la corrección a info@horacierta.com.

El convenio dice cuántas horas. El registro acredita las que se han hecho.

Desde 2019 el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria y a conservarla cuatro años. HoraCierta lo hace desde el móvil, con la ubicación del centro y sin poder editarse después.

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