La reforma del registro horario sigue sin aprobarse
El Consejo de Ministros aprobó en febrero de 2025 un anteproyecto que junta tres cosas: reducción de la jornada máxima ordinaria, un nuevo régimen de registro horario y el derecho a la desconexión. Desde entonces ha ido pasando por los informes preceptivos y por el dictamen del Consejo de Estado. A día de hoy no está publicado en el BOE, así que nada de lo que contiene es exigible todavía.
Qué contempla el texto
- Registro digital, objetivo y trazable: dejarían de valer el papel y la hoja de cálculo, que hoy sí son válidos.
- Acceso remoto de la Inspección a los sistemas de registro, sin necesidad de personarse en el centro de trabajo.
- Un régimen sancionador más duro, con la infracción computando por trabajador afectado en lugar de por centro.
Por qué importa
Si sale adelante, cambia la pregunta. Hoy una empresa puede llevar el registro en un cuaderno y estar cumpliendo; el problema es probatorio, no de forma. Con la reforma en vigor, el soporte pasaría a estar regulado y el cuaderno dejaría de servir.
Afecta especialmente a quien todavía usa papel: obra, campo y comercio pequeño.
Cuidado con las fechas que circulan
Buena parte de los artículos publicados estos días dan la reforma por aprobada y ponen fecha de entrada en vigor. No la hay. Los plazos se han movido varias veces y el único momento que cuenta es la publicación en el BOE.
Mientras tanto, lo que sí está vigente desde 2019 es el artículo 34.9 del Estatuto: registro diario de toda la plantilla, con hora de inicio y fin, conservado cuatro años.
Fuente: Ministerio de Trabajo y Economía Social. Resumimos con nuestras palabras y enlazamos al original; si algo no cuadra, manda la corrección a info@horacierta.com.
A qué sectores afecta
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El convenio dice cuántas horas. El registro acredita las que se han hecho.
Desde 2019 el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria y a conservarla cuatro años. HoraCierta lo hace desde el móvil, con la ubicación del centro y sin poder editarse después.
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