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Convenio de Hostelería de Ourense

Vigente40 h/semana · art. 61 de enero de 2025 – 31 de diciembre de 2027
Convenio en vigor hasta el 31 de diciembre de 2027. Texto literal del art. 6: «La jornada máxima de trabajo para el personal afectado por este convenio para los años de vigencia será de 40 horas semanales. La jornada diaria no podrá ser superior a las 9 horas». El convenio no la traduce a cómputo anual, así que no damos cifra de horas al año. En jornada continuada «se computará la media hora de comida como jornada efectivamente trabajada». Si las circunstancias económicas de la empresa ponen en riesgo el empleo, la Comisión Paritaria puede regular hasta un 5 % de distribución irregular en cómputo anual. Los horarios se fijan de común acuerdo con la representación del personal, que dispone de 15 días hábiles para consultar antes de aceptarlos, y los cuadros horarios se exponen permanentemente con la hora de entrada y salida, los descansos y los turnos. El convenio va de 2025 a 2027, queda denunciado automáticamente tres meses antes de vencer y el art. 3 dice que «Todos los artículos del presente convenio permanecerán vigentes hasta que exista otro convenio que lo sustituya». No tiene una cláusula propia sobre el registro: el art. 7 se limita a decir que «Se establecerá control horario según legislación vigente», así que para fichar se está al art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. El régimen disciplinario del sector lo fija el Acuerdo Laboral estatal de hostelería (ALEH VI), que incluye el «régimen disciplinario laboral» entre las materias reservadas al ámbito estatal. Su modificación publicada en el BOE de 4 de septiembre de 2026 lleva el fichaje a las faltas: es leve «Dos incumplimientos o mala praxis en la utilización de los sistemas de control y registro de jornada implantados en la empresa», grave «De tres a cuatro» y muy grave «Cinco o más».
Artículo que la fijaart. 6
Jornada semanal40 h
Código de convenio32000215011981
El texto del convenioLeer el texto completo →

BOP de Ourense núm. 190, de 03/10/2025, para 2025-2027. Código de convenio 32000215011981. Las tablas salariales van en esa misma publicación y en sus revisiones posteriores: aquí no las copiamos porque cambian cada año.

Qué actividades cubre

Bares, restaurantes, hoteles, catering y ocio nocturno. En Ourense se aplica el convenio provincial del sector, que concreta lo que el marco estatal deja abierto: jornada, calendario y tablas salariales.

Con qué otros nombres aparece

El convenio de hostelería de Ourense se cita también como hospedaje, bares y restaurantes, hoteles o camareros y cocina, según quién lo nombre: el registro del Ministerio usa la denominación oficial del texto firmado, el boletín la del acuerdo y las empresas la del día a día. Si das con un código de convenio que empieza por 32, que es el de Ourense, es este mismo.

Denominación oficial y dónde consultarlo

Convenio colectivo provincial del sector de la hostelería de Ourense

BOP de Ourense núm. 190, de 03/10/2025, para 2025-2027 · boletín oficial · comprobado el 11 de septiembre de 2026

Mínimos del Estatuto que el convenio no puede empeorar

Y el registro de jornada

Desde 2019, el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años. El convenio dice cuántas horas hay que trabajar; el registro acredita las que se han trabajado de verdad.

Tablas salariales y texto en PDF

Aquí no publicamos tablas salariales, y es una decisión deliberada: se revisan cada año, a veces con efectos retroactivos, y una cifra desactualizada en una nómina cuesta dinero y disgustos. Lo que sí te decimos es exactamente dónde están las buenas.

El texto íntegro del convenio de hostelería de Ourense, con sus tablas y sus anexos, se publica en el boletín de la provincia. Su código de convenio es 32000215011981, y con él se localiza en REGCON. Busca por sector y provincia y descarga el PDF de la resolución: ese documento es el único que vale ante una inspección o ante una reclamación de cantidad.

Dos avisos que ahorran errores:

El registro de jornada es otra cosa distinta del salario: acredita las horas realmente trabajadas. Es lo que convierte una tabla salarial en una nómina defendible.

Calendario laboral 2026 de Ourense

El calendario reparte la jornada anual pactada entre los días laborables que quedan tras descontar festivos, vacaciones y descansos semanales, así que cambia cada año aunque el convenio siga siendo el mismo.

Los festivos de 2026 de Ourense salen del calendario estatal y del autonómico, y los dos locales los publica el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense (BOP). El calendario de la empresa lo elabora cada empresa a partir de ahí y de su jornada anual, y debe exponerlo en un sitio visible del centro de trabajo art. 34.6. Cómo cuadra el calendario con el registro de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Qué código tiene el convenio de hostelería de Ourense?

El código de convenio es 32000215011981. Los dos primeros dígitos, 32, son el código de provincia de Ourense.

¿Hasta cuándo está vigente?

Hasta el 31 de diciembre de 2027. Conviene comprobar en el boletín si ha habido revisión posterior de tablas.

¿Dónde se publica el convenio de Ourense?

El texto que hemos comprobado es este: BOP de Ourense núm. 190, de 03/10/2025, para 2025-2027. Como regla, los convenios provinciales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense (BOP) y los de ámbito autonómico en el diario oficial de la comunidad. Las tablas salariales solo son fiables leídas de ahí, porque cambian con cada revisión.

¿Dónde se publica el calendario laboral 2026 de hostelería en Ourense?

Depende de qué calendario. Los festivos los fijan el Estado y la comunidad autónoma, y los dos locales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense (BOP). El calendario de la empresa no se publica en ningún boletín: lo elabora la empresa y está obligada a exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo (art. 34.6 del Estatuto).

¿Cuántos festivos tiene 2026 en Ourense?

Como máximo catorce, retribuidos y no recuperables (art. 37.2 del Estatuto). Dos son locales y los fija el ayuntamiento; el resto salen del calendario estatal y del de la comunidad autónoma. Los que caen en domingo se trasladan al lunes o los sustituye la comunidad.

¿Hay que registrar la jornada en este sector?

Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga desde 2019 a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años, con independencia del convenio y del tamaño de la empresa. Lo tienes desarrollado en la guía del registro de jornada.

El turno partido es lo que rompe cualquier hoja de cálculo.

Entrada, corte, vuelta y cierre quedan registrados desde el móvil, y las horas del cómputo anual se ven sin sumarlas a mano a fin de mes. Te enseñamos cómo queda para hostelería en Ourense.

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El convenio de hostelería en las provincias vecinas

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