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Convenio de Hostelería de Almería

En prórroga40 h/semana · art. 211 de enero de 2025 – 31 de diciembre de 2025
Este convenio está prorrogado. Su vigencia pactada terminó el 31 de diciembre de 2025 y sigue aplicándose por ultraactividad hasta que se firme el siguiente, que es lo normal en la negociación colectiva. El artículo de jornada cabe en una línea y no da cifra anual, así que no damos horas al año. Texto literal del art. 21: «La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo». El descanso semanal son dos días ininterrumpidos y rotativos (art. 22), pero se puede pactar que no roten, y ese pacto tiene «carácter revocable a instancia de la persona trabajadora, previo aviso de, al menos, un mes a la fecha de sus efectos». El art. 23 fija el tiempo de comida: «La duración del tiempo dedicado a la comida será de 25 minutos. Este tiempo tendrá la consideración de trabajo efectivo, siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas». El convenio se firmó solo para 2025, las partes acordaron su «denuncia automática» al terminar y en el Registro de Convenios no consta uno posterior. El art. 6 dice que, acabada la vigencia, «continuará rigiendo, en su totalidad, tanto en su contenido normativo, como en el obligacional, hasta que sea sustituido por otro». No tiene una cláusula propia sobre el registro de jornada, así que para fichar se está al art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. El régimen disciplinario del sector lo fija el Acuerdo Laboral estatal de hostelería (ALEH VI), que incluye el «régimen disciplinario laboral» entre las materias reservadas al ámbito estatal. Su modificación publicada en el BOE de 4 de septiembre de 2026 lleva el fichaje a las faltas: es leve «Dos incumplimientos o mala praxis en la utilización de los sistemas de control y registro de jornada implantados en la empresa», grave «De tres a cuatro» y muy grave «Cinco o más».
Artículo que la fijaart. 21
Jornada semanal40 h
Código de convenio04000365011982
El texto del convenioLeer el texto completo →

Resolución de 21 de mayo de 2025, BOP de Almería núm. 109, de 10/06/2025, para 2025. Código de convenio 04000365011982. Las tablas salariales van en esa misma publicación y en sus revisiones posteriores: aquí no las copiamos porque cambian cada año.

Qué actividades cubre

Bares, restaurantes, hoteles, catering y ocio nocturno. En Almería se aplica el convenio provincial del sector, que concreta lo que el marco estatal deja abierto: jornada, calendario y tablas salariales.

Con qué otros nombres aparece

El convenio de hostelería de Almería se cita también como hospedaje, bares y restaurantes, hoteles o camareros y cocina, según quién lo nombre: el registro del Ministerio usa la denominación oficial del texto firmado, el boletín la del acuerdo y las empresas la del día a día. Si das con un código de convenio que empieza por 04, que es el de Almería, es este mismo.

Denominación oficial y dónde consultarlo

Convenio colectivo provincial del sector de la hostelería y turismo de la provincia de Almería

Resolución de 21 de mayo de 2025, BOP de Almería núm. 109, de 10/06/2025, para 2025 · boletín oficial · comprobado el 11 de septiembre de 2026

Mínimos del Estatuto que el convenio no puede empeorar

Y el registro de jornada

Desde 2019, el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años. El convenio dice cuántas horas hay que trabajar; el registro acredita las que se han trabajado de verdad.

Tablas salariales y texto en PDF

Aquí no publicamos tablas salariales, y es una decisión deliberada: se revisan cada año, a veces con efectos retroactivos, y una cifra desactualizada en una nómina cuesta dinero y disgustos. Lo que sí te decimos es exactamente dónde están las buenas.

El texto íntegro del convenio de hostelería de Almería, con sus tablas y sus anexos, se publica en el boletín de la provincia. Su código de convenio es 04000365011982, y con él se localiza en REGCON. Busca por sector y provincia y descarga el PDF de la resolución: ese documento es el único que vale ante una inspección o ante una reclamación de cantidad.

Dos avisos que ahorran errores:

El registro de jornada es otra cosa distinta del salario: acredita las horas realmente trabajadas. Es lo que convierte una tabla salarial en una nómina defendible.

Calendario laboral 2026 de Almería

El calendario reparte la jornada anual pactada entre los días laborables que quedan tras descontar festivos, vacaciones y descansos semanales, así que cambia cada año aunque el convenio siga siendo el mismo.

Los festivos de 2026 de Almería salen del calendario estatal y del autonómico, y los dos locales los publica el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (BOP). El calendario de la empresa lo elabora cada empresa a partir de ahí y de su jornada anual, y debe exponerlo en un sitio visible del centro de trabajo art. 34.6. Cómo cuadra el calendario con el registro de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Qué código tiene el convenio de hostelería de Almería?

El código de convenio es 04000365011982. Los dos primeros dígitos, 04, son el código de provincia de Almería.

¿Hasta cuándo está vigente?

Hasta el 31 de diciembre de 2025. Está denunciado y se aplica prorrogado mientras se negocia el siguiente, así que sus condiciones siguen en vigor.

¿Dónde se publica el convenio de Almería?

El texto que hemos comprobado es este: Resolución de 21 de mayo de 2025, BOP de Almería núm. 109, de 10/06/2025, para 2025. Como regla, los convenios provinciales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (BOP) y los de ámbito autonómico en el diario oficial de la comunidad. Las tablas salariales solo son fiables leídas de ahí, porque cambian con cada revisión.

¿Dónde se publica el calendario laboral 2026 de hostelería en Almería?

Depende de qué calendario. Los festivos los fijan el Estado y la comunidad autónoma, y los dos locales se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (BOP). El calendario de la empresa no se publica en ningún boletín: lo elabora la empresa y está obligada a exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo (art. 34.6 del Estatuto).

¿Cuántos festivos tiene 2026 en Almería?

Como máximo catorce, retribuidos y no recuperables (art. 37.2 del Estatuto). Dos son locales y los fija el ayuntamiento; el resto salen del calendario estatal y del de la comunidad autónoma. Los que caen en domingo se trasladan al lunes o los sustituye la comunidad.

¿Hay que registrar la jornada en este sector?

Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga desde 2019 a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años, con independencia del convenio y del tamaño de la empresa. Lo tienes desarrollado en la guía del registro de jornada.

El turno partido es lo que rompe cualquier hoja de cálculo.

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