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Convenio de Hostelería de Cantabria

Vigente1.766 h/año · art. 201 de enero de 2026 – 31 de diciembre de 2029
Convenio en vigor hasta el 31 de diciembre de 2029. Es el convenio nuevo para 2026-2029, publicado en el BOC el 8 de septiembre de 2026. Texto literal del art. 20: «La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo, entendiéndose como tal la permanencia en el puesto de trabajo. La duración de la jornada anual queda establecida en 1.766 horas de trabajo efectivo». Salvo en la jornada irregular, el tope son nueve horas diarias y median doce entre jornadas. El calendario laboral y el de vacaciones se negocian con la representación en el último trimestre del año anterior. El art. 21 abre «una flexibilidad del 10% de la jornada anual de trabajo» con estos límites: diez horas diarias, 54 semanales y un descanso entre jornadas que puede bajar a diez horas, compensado con descansos alternativos de igual duración; también se puede reducir el descanso semanal de dos días a uno, sumando la diferencia a las vacaciones, y todo tiene que consensuarse con la representación o, si no la hay, con la plantilla. En jornada continuada de más de cinco horas hay veinte minutos de descanso, treinta si la jornada es de ocho horas o más, que cuentan como trabajo efectivo. El art. 4 fija la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2029, «prorrogándose en su totalidad por tácita reconducción hasta que entre en vigor un nuevo convenio». No tiene una cláusula propia sobre el registro de jornada, así que para fichar se está al art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. El régimen disciplinario del sector lo fija el Acuerdo Laboral estatal de hostelería (ALEH VI), que incluye el «régimen disciplinario laboral» entre las materias reservadas al ámbito estatal. Su modificación publicada en el BOE de 4 de septiembre de 2026 lleva el fichaje a las faltas: es leve «Dos incumplimientos o mala praxis en la utilización de los sistemas de control y registro de jornada implantados en la empresa», grave «De tres a cuatro» y muy grave «Cinco o más».
Jornada anual1.766 h
Artículo que la fijaart. 20
Jornada semanal40 h
Código de convenio39000605011982
El texto del convenioLeer el texto completo →

Resolución de inscripción y publicación, BOC núm. 173, de 08/09/2026, para 2026-2029. Código de convenio 39000605011982. Las tablas salariales van en esa misma publicación y en sus revisiones posteriores: aquí no las copiamos porque cambian cada año.

Reparte las 1.766 horas en tu calendario

El convenio fija el total del año y nada más. Lo que sale por día y por semana depende de los festivos y de las vacaciones que te toquen, así que cámbialos y mira cómo queda.

Días trabajados224
Horas al día7,9 h
Horas a la semana39,4 h

Sale de los datos que pongas aquí, no del convenio: el texto solo pacta las 1.766 horas anuales.

Qué actividades cubre

Bares, restaurantes, hoteles, catering y ocio nocturno. En Cantabria se aplica el convenio provincial del sector, que concreta lo que el marco estatal deja abierto: jornada, calendario y tablas salariales.

Con qué otros nombres aparece

El convenio de hostelería de Cantabria se cita también como hospedaje, bares y restaurantes, hoteles o camareros y cocina, según quién lo nombre: el registro del Ministerio usa la denominación oficial del texto firmado, el boletín la del acuerdo y las empresas la del día a día. Si das con un código de convenio que empieza por 39, que es el de Cantabria, es este mismo.

Denominación oficial y dónde consultarlo

Convenio colectivo del sector de hostelería de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Resolución de inscripción y publicación, BOC núm. 173, de 08/09/2026, para 2026-2029 · boletín oficial · comprobado el 11 de septiembre de 2026

Mínimos del Estatuto que el convenio no puede empeorar

Y el registro de jornada

Desde 2019, el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años. El convenio dice cuántas horas hay que trabajar; el registro acredita las que se han trabajado de verdad.

Tablas salariales y texto en PDF

Aquí no publicamos tablas salariales, y es una decisión deliberada: se revisan cada año, a veces con efectos retroactivos, y una cifra desactualizada en una nómina cuesta dinero y disgustos. Lo que sí te decimos es exactamente dónde están las buenas.

El texto íntegro del convenio de hostelería de Cantabria, con sus tablas y sus anexos, se publica en el boletín de la provincia. Su código de convenio es 39000605011982, y con él se localiza en REGCON. Busca por sector y provincia y descarga el PDF de la resolución: ese documento es el único que vale ante una inspección o ante una reclamación de cantidad.

Dos avisos que ahorran errores:

El registro de jornada es otra cosa distinta del salario: acredita las horas realmente trabajadas. Es lo que convierte una tabla salarial en una nómina defendible.

Calendario laboral 2026 de Cantabria

Con 1.766 horas anuales, el calendario reparte esas horas entre los días laborables que quedan tras descontar festivos, vacaciones y descansos semanales. Por eso dos años con el mismo convenio no tienen el mismo calendario: cambian los festivos que caen en sábado o domingo.

Los festivos de 2026 de Cantabria salen del calendario estatal y del autonómico, y los dos locales los publica el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). El calendario de la empresa lo elabora cada empresa a partir de ahí y de su jornada anual, y debe exponerlo en un sitio visible del centro de trabajo art. 34.6. Cómo cuadra el calendario con el registro de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas al año fija el convenio de hostelería de Cantabria?

1.766 horas anuales, según el art. 20. Está comprobado contra el Resolución de inscripción y publicación, BOC núm. 173, de 08/09/2026, para 2026-2029.

¿Qué código tiene el convenio de hostelería de Cantabria?

El código de convenio es 39000605011982. Los dos primeros dígitos, 39, son el código de provincia de Cantabria.

¿Hasta cuándo está vigente?

Hasta el 31 de diciembre de 2029. Conviene comprobar en el boletín si ha habido revisión posterior de tablas.

¿Dónde se publica el convenio de Cantabria?

El texto que hemos comprobado es este: Resolución de inscripción y publicación, BOC núm. 173, de 08/09/2026, para 2026-2029. Como regla, los convenios provinciales se publican en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) y los de ámbito autonómico en el diario oficial de la comunidad. Las tablas salariales solo son fiables leídas de ahí, porque cambian con cada revisión.

¿Dónde se publica el calendario laboral 2026 de hostelería en Cantabria?

Depende de qué calendario. Los festivos los fijan el Estado y la comunidad autónoma, y los dos locales se publican en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). El calendario de la empresa no se publica en ningún boletín: lo elabora la empresa y está obligada a exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo (art. 34.6 del Estatuto).

¿Cuántos festivos tiene 2026 en Cantabria?

Como máximo catorce, retribuidos y no recuperables (art. 37.2 del Estatuto). Dos son locales y los fija el ayuntamiento; el resto salen del calendario estatal y del de la comunidad autónoma. Los que caen en domingo se trasladan al lunes o los sustituye la comunidad.

¿Hay que registrar la jornada en este sector?

Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga desde 2019 a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años, con independencia del convenio y del tamaño de la empresa. Lo tienes desarrollado en la guía del registro de jornada.

El turno partido es lo que rompe cualquier hoja de cálculo.

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