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Convenio de Dependencia y ayuda a domicilio de Asturias

En prórroga1.772 h/año · art. 391 de enero de 2019 – 31 de diciembre de 2025
Este convenio está prorrogado. Su vigencia pactada terminó el 31 de diciembre de 2025 y sigue aplicándose por ultraactividad hasta que se firme el siguiente, que es lo normal en la negociación colectiva. Este sector no se negocia por provincias: lo rige un convenio marco estatal, el VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, que se aplica «en todo el territorio español» y cubre residencias de mayores, centros de día, centros de noche, viviendas tuteladas, ayuda a domicilio y teleasistencia. Quedan fuera los centros de titularidad y gestión pública y las empresas cuya actividad principal sean cuidados sanitarios. Y no tiene una jornada, tiene dos. Texto literal del art. 39, en la tabla que abre el artículo: a partir de 2025, «Ayuda a Domicilio: 1.735 horas» y «Resto de ámbitos: 1.772 horas». La cifra de esta ficha es la segunda, la del grueso del sector; si la empresa presta servicio de ayuda a domicilio, la suya es la otra, y más abajo explicamos cuál rige en esta comunidad. Las dos venían bajando por escalones: 1.792 y 1.755 en 2023, 1.784 y 1.747 en 2024. El convenio venció el 31 de diciembre de 2025 y sigue aplicándose prorrogado, así que en 2026 rigen las cifras de 2025. Para el registro de jornada, lo que hay que leer del art. 39 son tres frases. La primera manda sobre todas las demás: «Ambas jornadas máximas anuales serán consideradas en cómputo semestral». No se cuadra la semana ni el mes, se cuadra el semestre, y eso obliga a llevar un acumulado que solo sale de un registro fiable. La segunda es el calendario: en el primer mes de cada año la empresa elabora uno con turnos y horarios, «revisable trimestralmente», previa negociación con la representación del personal, a la que hay que entregar copia con una semana de antelación para el tablón. La tercera va en dirección contraria a lo que hemos leído en el resto de sectores, y conviene conocerla: «Las empresas podrán establecer un sistema de control de asistencia sin que el tiempo reflejado en el registro de asistencia signifique, por sí solo, horas efectivas de trabajo». Es decir, el convenio admite el fichaje pero avisa de que estar fichado no equivale a estar trabajando. No exime de registrar —eso lo manda el art. 34.9 del Estatuto—, pero separa las dos cosas: el registro acredita presencia y el cómputo de jornada efectiva sale de lo que el convenio considera trabajo. El resto del artículo importa para cuadrar el año. Los quince minutos de descanso en jornada continuada de más de seis horas son «tiempo efectivo de trabajo a todos los efectos». Los días de incapacidad temporal y el tiempo de lactancia «no serán objeto de devolución, ni recuperación, se considerarán por tanto como días trabajados a efectos del cómputo anual, sin que dichos días puedan en ningún caso originar déficit de jornada ni, por sí solos, excesos de jornada». Cada festivo trabajado da un día laborable de descanso compensatorio que no cuenta como tiempo de trabajo. El máximo diario es de nueve horas y la distribución irregular está topada en el 10 %. Y hay una regla que es la que más se parece a lo que hace un sistema de fichaje, en el apartado de normas especiales del servicio de ayuda a domicilio: «Tendrán la consideración de trabajo efectivo tanto las horas que se dediquen a la asistencia en el domicilio de la persona usuaria como las empleadas en desplazamientos entre servicios realizados consecutivamente, así como las que se dediquen a funciones de coordinación y control». El trayecto entre dos domicilios encadenados es jornada, no tiempo propio. En Asturias la ayuda a domicilio tiene convenio autonómico propio, el de Servicios de Ayuda a Domicilio y Afines del Principado de Asturias, código 33003535012000, para 2021-2025 y hoy prorrogado: su última anotación en el registro es un acuerdo de comisión paritaria publicado en el BOPA núm. 57 de 24 de marzo de 2026, que resuelve una consulta sobre subrogación, no sobre jornada. El art. 28 fija 38,5 horas semanales para 2022, 2023 y 2024 y «la jornada de trabajo para el año 2025 será de 37 h/s». La equivalencia anual de esa jornada semanal existe —el propio artículo la anuncia— pero está en una tabla que no hemos podido leer en acceso abierto, así que no la damos: preferimos no publicar una cifra calculada por nosotros. Lo que sí aporta Asturias, y es lo más preciso que hemos leído sobre dónde empieza a contar el reloj en este sector, está en el apartado C de ese mismo artículo: «el inicio de la jornada de trabajo se producirá en el momento en el que inicien sus funciones en el primer usuario/a del servicio, computándose como tiempo de trabajo efectivo el empleado en los desplazamientos preceptivos entre distintos usuarios/as del servicio, finalizando cuando concluya el trabajo en el último de los usuarios/as del turno de trabajo». Y fija el punto exacto: «El tiempo efectivo de prestación a los usuarios/as del servicio empezará y finalizará en el portal de cada usuario/a». El portal, no la puerta de la vivienda. El mismo apartado pone precio de tiempo al trayecto: «entre el final y el inicio de servicios consecutivos que atienda un/a mismo/a auxiliar se detraerán en concepto de desplazamiento, un máximo de 5 minutos de tiempo de servicio a cargo de cada cliente/usuario». Y el descanso de quince minutos en jornadas de más de seis horas se reparte con la misma lógica: «se procurará que coincida con un desplazamiento computando 5 minutos como tiempo de desplazamiento, y los otros 10 minutos como tiempo efectivo de trabajo». Para el kilometraje, el art. 22 resuelve el problema de una plantilla sin centro fijo declarando uno de referencia: «como norma general se considerará como centro de trabajo el domicilio de la empresa, si ésta dispusiese de oficinas en la localidad, o en su defecto, se considerará como centro de trabajo el Ayuntamiento de la misma», y desde ese epicentro se cuentan los kilómetros a 0,27 euros, con la salvedad de que si la distancia entre el domicilio de la persona trabajadora y el del primer usuario es menor, se toma esa.
Jornada anual1.772 h
Artículo que la fijaart. 39
Código de convenio99010825011997
El texto del convenioLeer el texto completo →

Resolución de 30 de mayo de 2023 de la Dirección General de Trabajo, BOE núm. 137, de 09/06/2023; modificado por Resolución de 12/02/2024 y ampliado con los anexos V y VI por Resolución de 29/06/2026. Código de convenio 99010825011997. Las tablas salariales van en esa misma publicación y en sus revisiones posteriores: aquí no las copiamos porque cambian cada año.

Reparte las 1.772 horas en tu calendario

El convenio fija el total del año y nada más. Lo que sale por día y por semana depende de los festivos y de las vacaciones que te toquen, así que cámbialos y mira cómo queda.

Días trabajados224
Horas al día7,9 h
Horas a la semana39,6 h

Sale de los datos que pongas aquí, no del convenio: el texto solo pacta las 1.772 horas anuales.

Qué actividades cubre

Residencias, centros de día y ayuda a domicilio. En Asturias se aplica el convenio provincial del sector, que concreta lo que el marco estatal deja abierto: jornada, calendario y tablas salariales.

Con qué otros nombres aparece

El convenio de dependencia y ayuda a domicilio de Asturias se cita también como ayuda a domicilio, SAD, residencias y centros de día o atención a personas dependientes, según quién lo nombre: el registro del Ministerio usa la denominación oficial del texto firmado, el boletín la del acuerdo y las empresas la del día a día. Si das con un código de convenio que empieza por 33, que es el de Asturias, es este mismo.

Denominación oficial y dónde consultarlo

VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal

Resolución de 30 de mayo de 2023 de la Dirección General de Trabajo, BOE núm. 137, de 09/06/2023; modificado por Resolución de 12/02/2024 y ampliado con los anexos V y VI por Resolución de 29/06/2026 · boletín oficial · comprobado el 10 de septiembre de 2026

Mínimos del Estatuto que el convenio no puede empeorar

Y el registro de jornada

Desde 2019, el artículo 34.9 del Estatuto obliga a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años. El convenio dice cuántas horas hay que trabajar; el registro acredita las que se han trabajado de verdad.

Tablas salariales y texto en PDF

Aquí no publicamos tablas salariales, y es una decisión deliberada: se revisan cada año, a veces con efectos retroactivos, y una cifra desactualizada en una nómina cuesta dinero y disgustos. Lo que sí te decimos es exactamente dónde están las buenas.

El texto íntegro del convenio de dependencia y ayuda a domicilio de Asturias, con sus tablas y sus anexos, se publica en el boletín de la provincia. Su código de convenio es 99010825011997, y con él se localiza en REGCON. Busca por sector y provincia y descarga el PDF de la resolución: ese documento es el único que vale ante una inspección o ante una reclamación de cantidad.

Dos avisos que ahorran errores:

El registro de jornada es otra cosa distinta del salario: acredita las horas realmente trabajadas. Es lo que convierte una tabla salarial en una nómina defendible.

Calendario laboral 2026 de Asturias

Con 1.772 horas anuales, el calendario reparte esas horas entre los días laborables que quedan tras descontar festivos, vacaciones y descansos semanales. Por eso dos años con el mismo convenio no tienen el mismo calendario: cambian los festivos que caen en sábado o domingo.

Los festivos de 2026 de Asturias salen del calendario estatal y del autonómico, y los dos locales los publica el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA). El calendario de la empresa lo elabora cada empresa a partir de ahí y de su jornada anual, y debe exponerlo en un sitio visible del centro de trabajo art. 34.6. Cómo cuadra el calendario con el registro de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas al año fija el convenio de dependencia y ayuda a domicilio de Asturias?

1.772 horas anuales, según el art. 39. Está comprobado contra el Resolución de 30 de mayo de 2023 de la Dirección General de Trabajo, BOE núm. 137, de 09/06/2023; modificado por Resolución de 12/02/2024 y ampliado con los anexos V y VI por Resolución de 29/06/2026.

¿Qué código tiene el convenio de dependencia y ayuda a domicilio de Asturias?

El código de convenio es 99010825011997. No empieza por 33, el código de provincia de Asturias, porque el convenio no es provincial: los códigos que empiezan por 99 son de ámbito estatal. Con él se localiza en el registro del Ministerio.

¿Hasta cuándo está vigente?

Hasta el 31 de diciembre de 2025. Está denunciado y se aplica prorrogado mientras se negocia el siguiente, así que sus condiciones siguen en vigor.

¿Dónde se publica el convenio de Asturias?

El texto que hemos comprobado es este: Resolución de 30 de mayo de 2023 de la Dirección General de Trabajo, BOE núm. 137, de 09/06/2023; modificado por Resolución de 12/02/2024 y ampliado con los anexos V y VI por Resolución de 29/06/2026. Como regla, los convenios provinciales se publican en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) y los de ámbito autonómico en el diario oficial de la comunidad. Las tablas salariales solo son fiables leídas de ahí, porque cambian con cada revisión.

¿Dónde se publica el calendario laboral 2026 de dependencia y ayuda a domicilio en Asturias?

Depende de qué calendario. Los festivos los fijan el Estado y la comunidad autónoma, y los dos locales se publican en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA). El calendario de la empresa no se publica en ningún boletín: lo elabora la empresa y está obligada a exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo (art. 34.6 del Estatuto).

¿Cuántos festivos tiene 2026 en Asturias?

Como máximo catorce, retribuidos y no recuperables (art. 37.2 del Estatuto). Dos son locales y los fija el ayuntamiento; el resto salen del calendario estatal y del de la comunidad autónoma. Los que caen en domingo se trasladan al lunes o los sustituye la comunidad.

¿Hay que registrar la jornada en este sector?

Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga desde 2019 a registrar la jornada diaria de toda la plantilla y a conservarla cuatro años, con independencia del convenio y del tamaño de la empresa. Lo tienes desarrollado en la guía del registro de jornada.

El trabajo ocurre en casa de la persona usuaria.

Cada visita se ficha con su hora y su ubicación, así que el parte del servicio y el registro de jornada salen del mismo sitio. Te enseñamos cómo queda para dependencia y ayuda a domicilio en Asturias.

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